domingo, 19 de agosto de 2012

CUAL ES EL DERECHO DE LAS VICTIMAS EN EL PROCESO PENAL?


 Tras las repercusiones locales y a nivel nacional, hemos recibido mensajes y llamados por la participación enorme que en las redes sociales se suscitó en la última semana en torno al caso de la joven Melina Briz (brutalmente asesinada). Quienes continuamos implorando Justicia, nos encontramos ante el deber moral de explicarle a la comunidad para aquellos que no comprenden la “sinrazón “ existente y el calvario que continua padeciendo la familia Briz quienes necesitan recordar a su hija en paz, el estado de la causa y el “por que” nos encontramos en estas instancias. Luego ustedes sacaran sus propias conclusiones.
Recapitulando, desde el pasado 10 de febrero Melina Briz es doble Victima: por un lado de quien la mató: Gustavo Ariel Troncoso y por el otro de la “falta de criterio”(por asi llamarlo) de quienes deben aplicar la ley: los jueces. Ariel Troncoso (40), está en libertad luego de una decisión de la sala II de la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata, integrada por Marcelo Madina y Walter Dominella, que dejó la causa en foja cero.
Su novio: Ariel Troncoso- único imputado en la causa- la asesino, y decidió taparla con cal a la orilla de la ruta. Nada de lo que se hizo vale, ni el certificado de defunción, ni el hallazgo del cuerpo, ni las pericias forenses, ni el examen de ADN.
La familia Briz ¿a quien sepultó?, el caso esta caratulado como averiguación de paradero, cuando ya se tenían todas las pruebas para que Troncoso permanezca de donde nunca debió haber salido: la cárcel. Esa actual averiguación de paradero, es objetivamente lapidaria, pasmosa, ¿donde está la Justicia?. ¿Donde está el respeto por la Victima en el Proceso Penal? el cual debería cumplir a rajatabla los principios constitucionales y normativos. Nos encontramos al libre albedrio de dos jueces que han condenado el caso a la nada misma. Para ellos su cadáver no tiene valor alguno. Se decreto la nulidad de todo lo actuado ya que los acontecimientos inmediatamente posteriores a la detención de Ariel Troncoso, incluyendo el reconocimiento inicial de éste como autor material del hecho según “los jueces de la cámara penal de Mar del Plata indicaron es todo nulo, porque exteriorizan que este acusado cuando estaba en la comisaría declaró por ‘coacción inherente’, que? estar en una comisaría es sufrir coacción inherente? y por lo tanto no tiene valor la confesión del acusado tampoco?. La conciencia de Troncoso seria su propia y única “coacción inherente” Es una barbaridad desde todo punto de vista.
Ahora van a exhumar cadáver de Melina, si la Justicia de Garantías hace lugar al pedido del fiscal Mariano Moyano, porque claro! Este es un primer paso para obtener datos que impulsen la investigación, después de que la Cámara de Apelaciones fuera lacónica y desestimara todos los estudios, declaraciones, informes y pruebas recolectados en torno al crimen de Briz.
Ni siquiera la operación de autopsia ejercida por forenses por solicitud del anterior fiscal Rodolfo Moure puede ser esgrimida por Moyano. De todas maneras, para la Justicia es empezar de cero, ya que no “existe” ningún dato. Destacamos que la investigación primigenia a cargo del Dr. Moure fue impecable, por lo que no queda otra que inferir que existe una “treta legal” por parte del abogado del único imputado. Irritante en un “supuesto estado de derecho”.
Nuestra pregunta es donde está el derecho de las VICTIMAS EN EL PROCESO PENAL? Se ha dicho y seguimos sosteniendo con gran razón que la victima ha sido la gran ausente en el proceso penal de todos los tiempos y una vez más luctuosamente lo comprobamos.

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